Hola a tod@s:
Antes de seguir, quiero responder a DANIBAI. Los coaseguros no son los responsables de las tardanzas en el pago de las indemnizaciones. Dichos retrasos pueden deberse a muchas causas, casi siempre de orden interno de la compañía, pero a veces por culpa de los propios asegurados, pero ya lo iremos viendo.
Las compañías aseguradoras y los asegurados se rigen por una Ley. Se trata de la Ley 50/80 del Contrato de Seguro. Esta Ley rige todo lo relacionado con las pólizas y las relaciones entre aseguradoras y asegurados. De esta, destacaría por su importancia y por si alguien quiere consultarla, la sección tercera del título primero y la sección primera del título segundo.
De estas dos, a destacar el artículo 18 que nos viene a decir que las aseguradoras tienen que indemnizar al término de las investigaciones y peritaciones destinadas a establecer la existencia de un siniestro y, esto es importante, en cualquier caso dentro de los 40 días posteriores a la declaración del siniestro deberá abonar el importe mínimo conocido.
Pero antes de seguir, aclarar tres términos que han salido al comentar este artículo. ¿Qué es o que se entiende por siniestro? La definición más clara es que por siniestro se entiende todo hecho súbito e imprevisible que causa un daño o lesión. Ejemplos: Un cortocircuito puede ser un siniestro siempre que la toma de corriente donde se produce este, no esté sobrecargado de enchufes ya que entonces dejaría de ser imprevisible para ser previsible. El dejar una ventana abierta puede dar lugar a un siniestro de daños por agua de lluvia y la compañía nos lo podría denegar por ser algo previsible, pero si la tormenta es de granizo y este rompe una ventana y por ella entra el agua, esto no es previsible y sería un siniestro. Otro término que ha salido es el de la peritación, por peritación se entiende aquellos trabajos que realiza un experto (perito) con el objetivo de establecer las causas reales del siniestro, su alcance y la valoración de los daños.
Por último ¿Que es el importe mínimo conocido? Es aquel importe que el perito o investigador sugiere a la compañía para que esta establezca las reservas que comentábamos ayer. Es decir, si han entrado a robar en nuestra casa, el perito basándose en lo que figure en la denuncia, nuestras manifestaciones y los capitales asegurados en la póliza, sugerirá a la compañía que reserve una cantidad de dinero para el pago de la indemnización. Si transcurridos 40 días el perito no ha finalizado su informe o bien habiéndolo finalizado, la compañía aún no nos ha indemnizado podemos reclamarle el pago del importe mínimo que deberá ajustarse a dicha cantidad o un porcentaje pactado entre compañía y asegurado.
Atención, solo pueden reclamar el pago de dicho importe los asegurados frente a sus propias compañías y no los perjudicados frente a las compañías de quienes les han causado los daños.
A veces puede resultar muy difícil poder conocer cual es el importe que el perito ha sugerido a la compañía ya que los informes periciales pueden tener consideración de documentos de orden interno de las compañías, estas no pueden negarse a mostrarlos pero si a entregarnos una copia.
Si la compañía no atendiese esta petición, la del pago del importe mínimo, se le podrá reclamar intereses por demora, debiendo presentar un escrito de reclamación, pero de esto ya hablaremos más adelante.
En la próxima entrada hablaremos del contenido del artículo 38 que es el que mencionaba del título segundo, sección primera de la ley del contrato de seguro.
Si tenéis dudas no os cortéis y preguntarme y pocuraré daros respuesta.
Saludos a tod@s.
miércoles, 2 de julio de 2008
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Hola, me gustaría hacerte una preguntilla.
ResponderEliminarHace poco recibi la indemnización de un accidente que tuve con el coche. Bien como no cogí el abogado de mi compañía pagué la minuta correspondiente al abogado que contraté. Así que hace casi 15 días o más que le pase la factura del abogado a mi seguro.
Mi pregunta es la siguiente: es normal que la compañia tarte tanto en abonarme la minuta de mi abogado??
Muchas gracias y enhorabuena por el espacio es muy interesante.
Un saludo
Pués una preguntita ¿Porqué las compañías facilitan los seguros de vida para cualquier persona y a la hora de querer asegurar a los niños, en este caso menores na de na?.
ResponderEliminarSaludos amigo.
Eres un fenómeno Mc Giver, si hubiera tenio maestros así de chico seguro que ahora sería... bueno, por lo menos me hubiera sacao el graduado escolar!! jaja en serio, chapó, ya te contaré algún día lo que me pasó a mi.
ResponderEliminarUn saludo a tod@s